Resumen
- El pasado viernes, el Tribunal Supremo de Estados Unidos dictaminó que el actual régimen arancelario bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA, por sus siglas en inglés) es ilegal.
- Con los tribunales inferiores encargados ahora de decidir cómo proceder respecto a la devolución de los aranceles ya pagados, es probable que se abra un periodo prolongado de incertidumbre.
- En respuesta al fallo, el Gobierno de EE. UU. ha anunciado la imposición de aranceles del 15% durante 150 días al amparo de la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974. Existen otras vías para aplicar aranceles, aunque requieren de investigaciones prolongadas.
- Es probable que la sentencia reduzca ligeramente el nivel arancelario efectivo total, hasta el 14% desde el 15%-16%. Las empresas y los mercados se han acostumbrado a estos niveles.
- Las posibles devoluciones podrían resultar ligeramente beneficiosas para los beneficios empresariales en EE. UU. y para la economía, aunque el Gobierno percibirá unos ingresos fiscales marginalmente inferiores. Pese a la incertidumbre, todo apunta a que los aranceles seguirán siendo un elemento estructural a partir de ahora.
Esta semana nos centramos en la cuestión arancelaria tras el fallo emitido el pasado viernes por el Tribunal Supremo de Estados Unidos, que ha declarado ilegal el actual régimen de aranceles aplicado en virtud de la IEEPA. La sentencia confirma los pronunciamientos de dos tribunales inferiores del año anterior y no ha supuesto una sorpresa, a la luz del tono y el alcance de las consideraciones que el propio Supremo ya había anticipado en sus deliberaciones del mes de noviembre.
Persiste, no obstante, un elevado grado de incertidumbre, ya que el Tribunal Supremo ha dejado en manos de los tribunales inferiores la determinación del procedimiento para la eventual devolución de los aranceles ya abonados. Esta decisión anticipa un periodo de notable confusión en los próximos meses. El propio presidente Trump ha señalado que la cuestión podría “derivar en cinco años de litigios”.
Dado que la Casa Blanca dispone de múltiples instrumentos alternativos para imponer aranceles, la reacción del Ejecutivo no ha resultado especialmente sorprendente. El presidente ha anunciado formalmente el recurso a la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, que autoriza la imposición de un arancel general de hasta el 15% durante un periodo máximo de 150 días. El viernes comunicó un gravamen inicial del 10%, que elevó al 15% apenas 24 horas después.
El “nuevo” régimen arancelario entrará en vigor el martes 24 de febrero y se extenderá durante 150 días, hasta julio. En teoría, podría prorrogarse mediante votación en el Congreso. Sin embargo, con una mayoría muy ajustada y las elecciones de mitad de mandato en el horizonte, no es evidente que los republicanos respalden la aprobación de nuevos aranceles. Aunque jurídicamente podría ser cuestionable, el presidente podría dejar expirar el plazo de 150 días, declarar una nueva emergencia y reimplantar los aranceles por otro periodo equivalente. En la práctica, esto supondría la renovación constante de aranceles.
No obstante, la Administración estadounidense dispone de mecanismos potencialmente más eficaces y, previsiblemente, más sólidos desde el punto de vista jurídico. Entre ellos destaca la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962, que permite abrir investigaciones sobre sectores específicos, y bajo la cual ya se han impuesto determinados aranceles.
Asimismo, la Sección 301 de esa misma ley se aplica a países concretos y a “prácticas desleales”. Estos aranceles requieren investigaciones que, en promedio, han tardado alrededor de nueve meses. No obstante, ese plazo podría acortarse en el futuro, lo que permitiría a Estados Unidos implantar aranceles más focalizados en lugar de recurrir a un gravamen general del 15%. Por su parte, la Sección 338 de la Ley Arancelaria de 1930 autoriza la imposición de aranceles significativamente más elevados, de hasta el 50%, frente a “prácticas desleales”, y que también requieren de una investigación previa. Con todo, no parece que Trump aspire a un nivel del 50%; un promedio en torno al 15% se perfila como un umbral que los mercados y las empresas podrían asimilar con mayor comodidad.
La eliminación de los aranceles ilegales bajo la IEEPA implica que el tipo efectivo global descenderá ligeramente hasta alrededor del 14%, desde el 15%-16%. El punto clave es que la retirada del paraguas de la IEEPA elimina una parte significativa del margen de maniobra política de Trump. Hasta ahora ha utilizado los aranceles tanto como herramienta económica como de política exterior para imponer sus posiciones frente a otros países. Sin duda, Trump tendrá muchos temas que abordar en su discurso sobre el Estado de la Unión, previsto para el martes.
Todo indica que entraremos en un régimen arancelario persistente. Este siempre ha sido nuestro escenario base, aunque la sentencia del Tribunal Supremo añade más confusión a corto plazo. Los aranceles en el entorno del 14%-16% son significativamente más elevados que a comienzos de 2025, pero los mercados y las empresas se han acomodado a estos niveles.
En cuanto a las devoluciones, si finalmente se tramitasen, serán ligeramente positivas para los beneficios empresariales en EE. UU. y para la economía. La contrapartida es que el Gobierno estadounidense percibirá ingresos fiscales algo menores. En conjunto, esperamos que los aranceles sigan siendo un elemento estructural, ya que, pese al fallo del Tribunal Supremo, el Gobierno de EE. UU. dispone de otras vías para aplicar gravámenes.